Outsourcing de Recursos Humanos

Normas Comunes para la PBS de Vejez e Invalidez

 

¿Cuál es el monto de la PBS?
è El monto de la Pensión Básica Solidaria es de 80.528 pesos mensuales.
è El próximo reajuste se aplicará en julio de 2013. Si el IPC sube por sobre un 10% antes de cumplirse este tiempo, el reajuste se aplicará de forma automática en ese momento, aunque no se hayan cumplido los doce meses.

¿Dónde y cómo se solicita la PBS?
Un vez que se cumple con TODOS los requisitos, la persona puede solicitar la PBS  en cualquier sucursal del Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP) a lo largo del país o también en su municipalidad. Sólo necesita presentar su carnet de identidad.

Personas carentes de recursos
Quienes tienen 8.500 puntos o menos en la Ficha de Protección Social, y reciben Pensión Básica Solidaria de Vejez o Invalidez, son considerados como personas carentes de recursos y, por lo mismo, pueden optar a beneficios adicionales. Éstos son los siguientes:

a) Su familia tendrá derecho a recibir cuota mortuoria
La cuota mortuoria es un aporte en dinero que se utiliza para cubrir los gastos relacionados con el fallecimiento del beneficiario.

b) Los 20 años de RESIDENCIA se contarán desde su fecha de nacimiento y no desde los 20 años de edad, como se aplica en otros casos

Causales de EXTINCIÓN de la PBS
a) Por el fallecimiento del beneficiario
La PBS no es heredable, por lo tanto, una vez que el beneficiario fallece, el beneficio se extingue.

b) Por haber dejado el beneficiario de cumplir alguno de los requisitos
A las personas que estén recibiendo una PBS se les revisa cada cierto tiempo si continúan cumpliendo con todos los requisitos. Si deja de cumplir alguno, perderá el beneficio, pero podrá reactivarlo si vuelve a cumplir con él.

c) Por permanecer el beneficiario fuera de Chile más de 90 días en un mismo año calendario (el que va de enero a diciembre).
Si un beneficiario de PBS se ausenta del país por más de 90 días deja de recibir el beneficio porque se suspende su residencia en Chile.

d) Por haber entregado el beneficiario maliciosamente antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar o actualizar el cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios del Pilar Solidario.

Causales de SUSPENSIÓN de la PBS
a) Por no cobro de la PBS durante seis meses continuos

b) Cuando el beneficiario no entregue los antecedentes solicitados por el Instituto de Previsión Social (IPS, ex INP), dentro de los tres meses siguientes al requerimiento
Si transcurren seis meses y el beneficiario sigue negándose a entregar los antecedentes, el beneficio se extinguirá.

c) En el caso de las personas con invalidez parcial que se nieguen a someterse a las reevaluaciones indicadas por las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Pensiones
Se entenderá que el beneficiario se ha negado a reevaluarse, transcurridos tres meses desde la solicitud del IPS. Si pasan seis meses, la PBS de Invalidez se extinguirá.

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AFP (*) %
CAPITAL 11,44%
CUPRUM 11,48%
HABITAT 11,27%
PLANVITAL 10,41%
PROVIDA 11,54%
MODELO 10,77%

(*) No Incluye Seguro de Invalidez.

 

MONTOS ASIGNACION FAMILIAR
A 10.844
B 6.655
C 2.104
D 0

 

Ingresos Minimo
General 264.000
< 18 y > 65 197.082
No Remun. 170.296
Casa Particular 264.000

 

 

 

 

 

 

 

Tipificador de Multas Dirección

Del Trabajo. (Actualizado)

 

(*) Tipificador de Hechos Infraccionales

y Pauta para aplicar multas administrativas

de la Dirección del Trabajo.

Fuente: www.dt.gob.cl

 

 

Consulta de Afiliación

 

(*) Consulte en que AFP

cotiza su trabajador.

 

 

 

Curso On-Line Seguro Social

(Ley 16.744)

 

 (*) Fuente: www.suseso.cl

 

 

CÓDIGO DEL TRABAJO

 

 

BOLSA NACIONAL DE EMPLEOS

 

 

LICENCIA MEDICA ELECTRÓNICA

 

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