Santiago, 8 de enero de 2015.-
El nuevo tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo subirá a 73,2 Unidades de Fomento en 2015, informó hoy la Superintendencia de Pensiones. El año pasado el valor aplicado fue de 72,3 UF.
Asimismo, el tope imponible mensual que se utilizará en el actual ejercicio para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía aumentará a 109,8 UF, cifra que en 2014 fue de 108,5 UF.
La legislación vigente establece que ambos valores deben reajustarse anualmente cuando el Índice de Remuneraciones Reales que informa el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) registra variaciones positivas. En el periodo noviembre 2013 - noviembre 2014 este índice aumentó 1,2%.
Los nuevos topes imponibles se aplican a partir del pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero de 2015. Estas cotizaciones deben pagarse hasta el 10 de febrero de este año, plazo que se extiende hasta el 13 del mismo mes si la operación se realiza a través de medios electrónicos.
Revise el comunicado en pdf |
AFP (*) | % |
CAPITAL | 11,44% |
CUPRUM | 11,48% |
HABITAT | 11,27% |
PLANVITAL | 10,41% |
PROVIDA | 11,54% |
MODELO | 10,77% |
(*) No Incluye Seguro de Invalidez.
MONTOS ASIGNACION FAMILIAR | |
A | 10.844 |
B | 6.655 |
C | 2.104 |
D | 0 |
Ingresos Minimo | |
General | 264.000 |
< 18 y > 65 | 197.082 |
No Remun. | 170.296 |
Casa Particular | 264.000 |
Tipificador de Multas Dirección
(*) Tipificador de Hechos Infraccionales
y Pauta para aplicar multas administrativas
de la Dirección del Trabajo.
Fuente: www.dt.gob.cl
(*) Consulte en que AFP
cotiza su trabajador.