La ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, expuso nuevamente ante la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados que analiza el proyecto que moderniza las relaciones laborales.
En la oportunidad, la secretaria de Estado junto al ministro de Hacienda, Alberto Arenas, y los subsecretarios del Trabajo, Francisco Javier Díaz; y de Previsión Social, Marcos Barraza; contestó las consultas de los legisladores respecto de la agenda laboral y afirmó que “el proyecto de ley establece como ejes estructurales junto a la titularidad sindical, la ampliación de cobertura de la negociación a trabajadores excluidos de este derecho en el código del Trabajo como ocurre con los trabajadores por obra y faena transitoria; la extensión automática de los beneficios a los trabajadores por el hecho de incorporarse a la organización sindical”.
Destaco también “la prohibición de la extensión unilateral del empleador de beneficios pactados con el sindicato a los trabajadores; el derecho a la información periódica de la empresa para el sindicato y especial, para la negociación colectiva; el piso de negociación desde el inicio del proceso e incluso para aquellos casos en que no exista contrato colectivo vigente; mejoras en temas de género”.
Por lo mismo dijo que “todo este conjunto de medidas son sin duda un cambio sustancial del modelo de relaciones laborales existentes en el país; un nuevo impulso a las organizaciones de trabajadores y que significará equilibrar un modelo profundamente desigual en la negociación y en la relación de las partes”.
AFP (*) | % |
CAPITAL | 11,44% |
CUPRUM | 11,48% |
HABITAT | 11,27% |
PLANVITAL | 10,41% |
PROVIDA | 11,54% |
MODELO | 10,77% |
(*) No Incluye Seguro de Invalidez.
MONTOS ASIGNACION FAMILIAR | |
A | 10.844 |
B | 6.655 |
C | 2.104 |
D | 0 |
Ingresos Minimo | |
General | 264.000 |
< 18 y > 65 | 197.082 |
No Remun. | 170.296 |
Casa Particular | 264.000 |
Tipificador de Multas Dirección
(*) Tipificador de Hechos Infraccionales
y Pauta para aplicar multas administrativas
de la Dirección del Trabajo.
Fuente: www.dt.gob.cl
(*) Consulte en que AFP
cotiza su trabajador.