Outsourcing de Recursos Humanos

CONSULTA DEL DIA:

09.01.2015 07:52

¿Puede ponerse término al contrato de reemplazo de una docente que goza de fuero maternal?

La norma legal sobre fuero maternal del artículo 201, inciso 1º del Código del Trabajo, tiene plena aplicación para los profesionales de la educación con contrato de reemplazo o de plazo fijo del Sector Particular Subvencionado. De esta forma, en el caso del personal docente que presta servicios en un establecimiento educacional particular subvencionado con contrato de reemplazo, que se rige por las normas establecidas en la Ley 19.070, Estatuto Docente, el derecho a fuero maternal tiene plena eficacia por lo que el empleador requiere de la autorización judicial previa para poner término al contrato. Así se ha pronunciado la Dirección del Trabajo mediante dictamen 3753/0143 de 16.08.2004.

 

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AFP (*) %
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PLANVITAL 10,41%
PROVIDA 11,54%
MODELO 10,77%

(*) No Incluye Seguro de Invalidez.

 

MONTOS ASIGNACION FAMILIAR
A 10.844
B 6.655
C 2.104
D 0

 

Ingresos Minimo
General 264.000
< 18 y > 65 197.082
No Remun. 170.296
Casa Particular 264.000

 

 

 

 

 

 

 

Tipificador de Multas Dirección

Del Trabajo. (Actualizado)

 

(*) Tipificador de Hechos Infraccionales

y Pauta para aplicar multas administrativas

de la Dirección del Trabajo.

Fuente: www.dt.gob.cl

 

 

Consulta de Afiliación

 

(*) Consulte en que AFP

cotiza su trabajador.

 

 

 

Curso On-Line Seguro Social

(Ley 16.744)

 

 (*) Fuente: www.suseso.cl

 

 

CÓDIGO DEL TRABAJO

 

 

BOLSA NACIONAL DE EMPLEOS

 

 

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